Calculadora de Finiquito 2026

Calcula el importe exacto de tu finiquito laboral incluyendo días trabajados, vacaciones pendientes y pagas extras proporcionales

Datos del Contrato

Introduce los datos de tu relación laboral para calcular el finiquito

Recibes 2 pagas extras anuales adicionales (verano y Navidad)

Cómo se calcula exactamente

El cálculo del finiquito se basa en el Estatuto de los Trabajadores y la normativa laboral vigente. Se computan los días trabajados del mes en curso multiplicados por el salario diario (salario mensual / 30).

Las vacaciones no disfrutadas se calculan proporcionalmente según los días de vacaciones anuales que corresponden por convenio (generalmente 22 días laborables o 30 naturales), multiplicados por el salario diario del periodo correspondiente.

Las pagas extras se prorratean si no están incluidas en el salario mensual, calculando la proporción correspondiente según los meses trabajados en el año. El cálculo es exacto según normativa general, aunque convenios colectivos específicos pueden establecer condiciones adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el finiquito laboral?

El finiquito es la liquidación final que la empresa debe pagar al trabajador cuando finaliza la relación laboral. Incluye el salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones no disfrutadas y, si procede, la parte proporcional de las pagas extras.

¿Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas?

Las vacaciones no disfrutadas se calculan dividiendo el salario bruto mensual entre 30 días para obtener el valor diario, y multiplicándolo por los días de vacaciones pendientes. En España corresponden 30 días naturales de vacaciones por año trabajado (aproximadamente 22 días laborables).

¿Qué son las pagas extras prorrateadas?

Las pagas extras prorrateadas significa que el importe de las pagas extraordinarias (normalmente 2: verano y Navidad) ya está distribuido en las 12 mensualidades del año. Si tus pagas están prorrateadas, no recibes importes adicionales por pagas extras en el finiquito. Si NO están prorrateadas, recibes la parte proporcional según los meses trabajados en el año.

¿El finiquito incluye vacaciones no disfrutadas?

Sí, el finiquito siempre incluye las vacaciones no disfrutadas que tengas pendientes. Las vacaciones son un derecho irrenunciable, por lo que si no las has disfrutado, debes cobrarlas. Se calculan proporcionalmente según los días de vacaciones anuales (normalmente 30 días naturales o 22 laborables) que te correspondan y los meses trabajados en el año. Por ejemplo, si te corresponden 30 días anuales y trabajaste 6 meses, tendrías derecho a 15 días de vacaciones. Si no disfrutaste ninguno, esos 15 días se pagan en el finiquito multiplicados por tu salario diario.

¿Las pagas extras se prorratean?

Depende de si tus pagas extras están prorrateadas en tu nómina mensual o no. Si tus pagas NO están prorrateadas (cobras dos pagas extra completas en verano y Navidad), el finiquito incluirá la parte proporcional de las pagas extras según los meses que hayas trabajado en el año. Por ejemplo, si terminas en marzo, te correspondería 3/12 de cada paga extra. Si tus pagas SÍ están prorrateadas (cobras más salario mensualmente pero no recibes extras adicionales), entonces no habrá concepto de pagas extras en el finiquito porque ya las cobras mes a mes. Marca correctamente esta opción en la calculadora para obtener el resultado exacto.

¿Cuándo debe pagarse el finiquito?

El finiquito debe pagarse el último día de trabajo o en los días inmediatamente posteriores. Aunque no hay un plazo legal estricto, la jurisprudencia establece que debe abonarse en un plazo razonable (generalmente en la fecha de la nómina habitual o dentro de los 10-15 días siguientes). Si la empresa retrasa el pago más de 30 días sin justificación, podrías reclamar intereses de demora. Es recomendable firmar el recibo de finiquito solo cuando hayas comprobado que el importe es correcto y estés de acuerdo con él. Una vez firmado, es más difícil reclamar diferencias, aunque siempre puedes añadir la cláusula "no conforme" si no estás de acuerdo.

¿El finiquito tributa en el IRPF?

Sí, el finiquito tributa como rendimiento del trabajo y está sujeto a retención de IRPF. La empresa aplicará la retención correspondiente según tu tipo de retención habitual. Solo están exentas de tributación las indemnizaciones por despido dentro de los límites legales establecidos.